31.07.2024

Este é um informativo diário que traz para o(a) leitor (a) notícias e casos de defesa da concorrência das principais jurisdições antitruste do mundo (CADE, FTC, Comissão Europeia, CMA etc).

Apresentação

Este é um informativo diário que traz para o(a) leitor (a) notícias e casos de defesa da concorrência das principais jurisdições antitruste do mundo (CADE, FTC, Comissão Europeia, CMA etc).

Notícias

Suspected anti-competitive behaviour relating to freelance labour in the production and broadcasting of sports content

The CMA is investigating suspected breaches of competition law in relation to the purchase of freelance services supporting the production and broadcasting of sports content in the UK.

From:

Competition and Markets Authority

Published13 July 2022Last updated31 July 2024 — See all updates

Case type:

CA98 and civil cartels

Case state:

OpenMarket sector:

CommunicationsOpened:12 July 2022

Contents

  1. Administrative timetable
  2. Case information
    1. Personal data
  3. Contacts

Administrative timetable

DateAction
July 2024 (further update by the end of January 2025)Decision to close the investigation of Sunset & Vine Productions Limited on administrative priority grounds. Investigation continuing against five other parties (see Case information below).
March 2024 to June 2024Ongoing assessment of information gathered in respect of the purchase of freelance services supporting the production and broadcasting of sports content in the UK
March 2024Investigation narrowed to exclude suspected breaches of competition law in relation to the employment of staff supporting the production and broadcasting of sports content in the UK, (see February 2023 entry below)
November 2023 to March 2024Further investigatory steps and assessment of evidence
April 2023 to October 2023Further information gathering and review and analysis of information gathered
April 2023Formal notice of investigation issued to two further case parties: the British Broadcasting Corporation and Sunset & Vine Productions Limited
January 2023 to April 2023Further review and analysis of information gathered
February 2023Investigation extended to include suspected breaches of competition law in relation to the employment of staff supporting the production and broadcasting of sports content in the UK
July 2022 to January 2023Initial investigation: information gathering
12 July 2022Investigation opened in relation to the purchase of freelance services. Formal notice of investigation issued to four case parties: BT Group PLC, IMG Media Limited (including Premier League Productions), ITV PLC and Sky UK Limited

Case information

12 July 2022: the CMA launched an investigation under section 25 of the Competition Act 1998 (‘CA98’) into suspected infringements of the Chapter I prohibition of the CA98 by undertakings involved in the production and broadcasting of sports content.

The investigation concerns the activities of these undertakings in relation to the purchase of freelance services which support the production and broadcasting of sports content in the UK.

The CMA is currently investigating suspected breaches of competition law by the following:

  • the British Broadcasting Corporation
  • BT Group PLC
  • IMG Media Limited (including Premier League Productions)
  • ITV PLC
  • Sky UK Limited

At this stage the CMA believes it has reasonable grounds to suspect one or more breaches of competition law. The CMA has not reached a view as to whether there is sufficient evidence of an infringement of competition law for it to issue a statement of objections to any party or parties. Not all cases result in the CMA issuing a statement of objections and no assumption should be made at this stage that the CA98 has been infringed.


La CNMC inicia un expediente sancionador contra Renfe Mercancías por posibles prácticas anticompetitivas en el mercado de servicios de tracción ferroviaria para el transporte de mercancías en España

31 Jul 2024 | Competencia Nota de prensa

  • Afecta, además, a Renfe-Operadora Entidad Pública Empresarial y a Pecovasa Renfe Mercancías Sociedad Mercantil Estatal, S.A.
  • Las conductas investigadas se centran en la licitación de servicios de tracción ferroviaria convocada por Pecovasa en enero de 2022. Renfe se habría beneficiado, de modo anticompetitivo, de la adjudicación.
  • Además, se habría visto afectado el transporte de automóviles por ferrocarril en España.

La CNMC ha iniciado un expediente sancionador contra Renfe-Operadora Entidad Pública Empresarial (Renfe Operadora), Renfe Mercancías Sociedad Mercantil Estatal, S.A. (Renfe Mercancías) y Pecovasa Renfe Mercancías Sociedad Mercantil Estatal, S.A. (Pecovasa) por posibles prácticas restrictivas de la competencia en el mercado de servicios de tracción ferroviaria para el transporte de mercancías en España (S/0010/23).

En concreto, la CNMC investiga si Renfe Mercancías y Pecovasa restringieron la competencia en una licitación de servicios de tracción ferroviaria convocada el 20 de enero de 2022 por Pecovasa, en la cual Renfe Mercancías resultó adjudicataria.

Estas prácticas podrían infringir los artículos 2 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). 

El expediente se inició a raíz de una denuncia presentada por la Asociación de Empresas Ferroviarias Privadas. La CNMC inició una información reservada y realizó inspecciones en octubre de 2023 (ver nota de prensa).

La CNMC ha encontrado indicios razonables de que Renfe Operadora, Renfe Mercancías y Pecovasa podrían haber infringido el artículo 2 de la LDC y el 102 del TFUE.

La apertura de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Ahora se abre un periodo de hasta 24 meses para instruir y resolver el expediente por parte de la CNMC.

Contenido relacionado:

  • S/0010/23
  • Nota de prensa (27/10/2023): La CNMC investiga posibles prácticas anticompetitivas en el ámbito del transporte de mercancías por ferrocarril y de los servicios de tracción ferroviaria

 Nota de prensa 

Press release

Documento no oficial, destinado a los medios de comunicación, y que no vincula a la CNMC. Reproducción permitida solo si se cita la fuente. 


La CNMC multa a Booking.com con 413,24 millones por abusar de su posición de dominio durante los últimos 5 años

30 Jul 2024 | Competencia Nota de prensa

  • Las prácticas han afectado a los hoteles situados en España y a otras agencias de viajes en línea (online) que compiten con la plataforma.
  • Sus cláusulas suponen un desequilibrio inequitativo en la relación comercial con los hoteles situados en España.
  • Al posicionar mejor a los hoteles con más reservas en Booking.com, ha impedido a otras agencias online entrar en el mercado o expandirse.

La CNMC ha multado a Booking.com con 413.240.000 euros por abusar de su posición de dominio e infringir los artículos 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). (S/0005/21)

La compañía ha cometido dos abusos de su posición de dominio desde, al menos, el 1 de enero de 2019 hasta la actualidad al imponer varias condiciones comerciales no equitativas a los hoteles situados en España que emplean sus servicios de intermediación de reservas y restringir la competencia de otras agencias de viajes en línea (1) que ofrecen sus mismos servicios.  

Booking.com

Actúa como una agencia de viajes en línea. A través de su web, intermedia entre los hoteles, que ofertan sus habitaciones, y los clientes, que buscan un hotel, comparan precios y realizan sus reservas. 

Cobra una comisión al hotel calculada sobre el importe de las reservas a través de Booking.com y dispone de un inventario hotelero, el cual es provisto directamente por los hoteles en virtud de unas Condiciones Generales de Contratación que han de suscribir los hoteles con Booking.com (2). Adherirse a ellas es obligatorio para figurar en la web y la aplicación de Booking. Otras agencias, como eDreams o Lastminute, tienen inventarios hoteleros provistos por otras agencias de viaje o, en el caso de Logitravel, por proveedores mayoristas.

Cuota de mercado y denuncias    

La cuota de Booking.com en España (3) ha oscilado durante el periodo investigado entre el 70 y el 90 %. 

En 2021, la Asociación Española de Directores de Hotel y la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid denunciaron a la compañía por abusar de su posición de dominio. En octubre de 2022, la CNMC inició un expediente sancionador (nota de prensa), cuya instrucción acredita que Booking.com cometió las siguientes prácticas anticompetitivas:

Abuso de posición de dominio explotativo

Al imponer varias condiciones comerciales no equitativas a los hoteles situados en España; en concreto:

  • Una cláusula de precios que impide ofertar sus habitaciones en sus propias webs por debajo del precio que ofertan en Booking.com (4), a la vez que Booking.com se reserva el derecho a rebajar unilateralmente el precio que los hoteles ofertan a través de la web o aplicación de Booking. 
  • Varias cláusulas por las cuales (i) solo tiene valor jurídico la versión en inglés de las Condiciones Generales de Contratación (GDT) de Booking.com, (ii) el Derecho aplicable a las GDT es el de los Países Bajos y (iii) los tribunales competentes son los de Ámsterdam en caso de conflicto entre las partes.
  • Falta de transparencia en la información sobre el impacto y rentabilidad de suscribirse a los programas Preferente, Preferente Plus y Genius. Estos programas permiten a los hoteles que los suscriban mejorar su posicionamiento en la clasificación predeterminada de resultados de Booking.com, a cambio de una comisión más alta o de ofrecer descuentos en la habitación más vendida o en la más barata que el hotel tenga en Booking.com.

Abuso de posición de dominio exclusionario

Al restringir la competencia que pueden ejercer otras agencias de viajes online competidoras mediante las siguientes fórmulas:

  • El empleo del número total de reservas de un hotel a través de Booking.com como criterio de posicionamiento en la lista de resultados predeterminada de Booking.com. Ello incentiva a los hoteles a concentrar sus reservas online únicamente a través de Booking.com, impidiendo que competidores puedan entrar o expandirse en el mercado.
  • El empleo, como criterio para acceder y permanecer en los programas Preferente y Preferente Plus, de un requisito de rendimiento basado fundamentalmente en la rentabilidad de cada hotel para Booking.com. Ello promueve que los hoteles que quieran acceder o permanecer en los programas sigan una política de precios y de disponibilidad que les conduce a concentrar sus ventas en la plataforma, en perjuicio de otras agencias competidoras. 

Efectos de las conductas

Las condiciones comerciales no equitativas impiden a los hoteles ofertar precios más baratos de sus habitaciones en sus propias webs, mientras que Booking.com sí se reserva la posibilidad de rebajar el precio de la habitación que el hotel publica en Booking.com. En caso de conflicto sobre las Cláusulas Generales de Contratación (GDT), no pueden acudir a los tribunales españoles y deben emplear el Derecho de los Países Bajos, lo que les genera costes de litigación inequitativos. 

La falta de transparencia les impide tomar decisiones informadas sobre la suscripción o no a los programas Preferente, Preferente Plus y Genius, muy relevantes para los hoteles situados en España.

El empleo total de reservas del hotel en Booking, como criterio de posicionamiento en la clasificación predeterminada de resultados de Booking.com, y el de un requisito de rendimiento —rentabilidad que supone cada hotel para Booking— para acceder o permanecer en Preferente y Preferente Plus, restringen la competencia de otras agencias de viajes en línea y redunda en que los hoteles no puedan acceder a mejores condiciones comerciales en la prestación de servicios de intermediación de reservas online.

Sanciones y obligaciones 

La CNMC impone a Booking.com dos multas de 206.620.000 euros por cada una de las infracciones únicas y continuadas de abuso de posición de dominio: (i) la imposición de una serie de condiciones comerciales no equitativas a los hoteles situados en España y (ii) la restricción de la competencia de otras agencias de viajes en línea a la hora de ofrecer servicios de intermediación en línea de reservas a los hoteles situados en España, respectivamente. La sanción total es de 413.240.000 euros.

Además, le impone varias obligaciones de comportamiento para garantizar que ni las conductas que dieron lugar a las infracciones, ni otras que puedan producir un efecto equivalente, prosigan en el futuro.

Contra esta resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

[1] On line Travel Agencies, (OTA) por sus siglas en inglés.
[2] General Delivery Terms, (GDT) por las siglas en inglés.
[3] En el mercado de la provisión de servicios de intermediación de reservas en línea a los hoteles por parte de agencias de viaje en línea.
[4] Cláusula conocida como paridad de precios estrecha.

Contenido relacionado:

Nota de prensa

Press release

Documento no oficial, destinado a los medios de comunicación, y que no vincula a la CNMC. Reproducción permitida solo si se cita la fuente. 


AdC adotou uma decisão de não oposição na operação de concentração 38/2024 – Ageas Portugal / One Clinics.

Ageas Portugal /Grupo One Clinics

Em 22 de julho de 2024, o Conselho de Administração da Autoridade da Concorrência, no uso da competência que lhe é conferida pela alínea d) do n.º 1 do artigo 19.º dos Estatutos, aprovados pelo Decreto-Lei n.º 125/2014, de 18 de agosto, delibera adotar uma decisão de não oposição à operação de concentração, nos termos da alínea b) do n.º 1 do artigo 50.º da Lei da Concorrência, uma vez que a mesma não é suscetível de criar entraves significativos à concorrência efetiva no território nacional ou numa parte substancial deste.

Ficha do processo

Ficha do processo

Atos de concentração – Decisões

CADE

Ato de Concentração nº 08700.004642/2024-88

Requerentes: Cury Construtora e Incorporadora S.A., Lavvi Empreendimentos Imobiliários S.A. e CCISA173 Incorporadora Ltda. Aprovação sem restrições.

Ato de Concentração nº 08700.005080/2024-90

Requerentes: Bauminas Química Ltda., Uby Agro S.A. e Eletro Manganês Ltda. Aprovação sem restrições.


CMA

Global Business Travel Group, Inc / CWT Holdings, LLC merger inquiry

  • The CMA is investigating the anticipated acquisition by Global Business Travel Group, Inc of CWT Holdings, LLC.
    • Updated: 30 July 2024

Alphabet Inc. (Google LLC) / Anthropic merger inquiry

  • The CMA is investigating Alphabet Inc.’s (Google LLC) partnership with Anthropic PBC.
    • Updated: 30 July 2024

Thermo Fisher Scientific / Olink merger inquiry

  • The CMA has investigated and cleared the anticipated acquisition by Thermo Fisher Scientific Inc. of Olink Holding AB.
    • Updated: 30 July 2024