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Publicada pauta da sessão de julgamento da próxima quarta-feira (20/03). Confira!
Três casos serão apreciados durante a 226ª reunião do Tribunal AdministrativoCompartilhe:
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Publicado em 14/03/2024 10h14 Atualizado em 14/03/2024 10h16
Foi publicada, no Diário Oficial da União desta quinta-feira (14/03), a pauta da 226ª Sessão Ordinária de Julgamento do Conselho Administrativo de Defesa Econômica (Cade), que acontecerá na próxima quarta-feira (20/03), às 9h30, com transmissão pelo YouTube da autarquia.
Ao total, três casos serão apreciados, sendo dois procedimentos administrativos para apuração de ato de concentração e um requerimento de Termo de Compromisso de Cessação (TCC).
Confira a pauta de julgamento:
1. Procedimento Administrativo de Apuração de Ato de Concentração nº 08700.003705/2023-06
Representante: Cade
Representados: Totalmix Industria e Comercio Ltda. e Lar Cooperativa Agroindustrial.
Relator: conselheiro Gustavo Augusto
2. Procedimento Administrativo de Apuração de Ato de Concentração nº 08700.000641/2023-83
Representante: Cade
Representados: Digesto Pesquisa e Banco de Dados S.A. e Goshme Soluções para a Internet Ltda.
Relator: conselheiro Victor Oliveira Fernandes
3. Requerimento de TCC nº 08700.007495/2023-17
Requerente: Acesso Restrito
13-03-2024
Lusopalex notifica a aquisição do controlo exclusivo sobre a Arium.
Ficha do processo
13-03-2024
AdC adotou uma decisão de não oposição na operação de concentração 12/2024 – Santogal / Mercedes-Benz Retail.
Em 13 de março de 2024, o Conselho de Administração da Autoridade da Concorrência, no uso da competência que lhe é conferida pela alínea d) do n.º 1 do artigo 19.º dos Estatutos, aprovados pelo Decreto-Lei n.º 125/2014, de 18 de agosto, delibera adotar uma decisão de não oposição à operação de concentração, nos termos da alínea b) do n.º 1 do artigo 50.º da Lei da Concorrência, uma vez que a mesma não é suscetível de criar entraves significativos à concorrência efetiva no mercado nacional ou numa parte substancial deste.
Ficha do processo
La CNMC autorizó siete operaciones de concentración en febrero
14 Mar 2024 | Competencia Nota de prensa
- Seis de las operaciones se aprobaron en primera fase sin compromisos, al no suponer un problema para la competencia.
- La adquisición de activos de B. Braun por parte de BSC se aprobó en primera fase con compromisos.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) aprobó siete operaciones de concentración durante el mes de febrero, todas en primera fase y una de ellas con compromisos.
Grupo EHR adquiere el control exclusivo de Eléctrica de Moscoso y Moscoso Energía – C/1436/24 GRUPO EHR/MOSCOSO
Grupo EHR es una sociedad holding, cabecera de un grupo de sociedades relacionadas con el mercado eléctrico dedicadas a la distribución de energía eléctrica, a la comercialización de energía eléctrica, a la instalación de redes eléctricas de alta, media y baja tensión y a la generación de energía eléctrica. Además, Grupo EHR tiene participaciones minoritarias en otras empresas activas en el mercado de generación eléctrica en España.
Eléctrica de Moscoso y Moscoso Energía son empresas pertenecientes al Terawatio, SL. Sus actividades son la distribución de energía eléctrica en algunos municipios de la provincia de Pontevedra y la comercialización de energía eléctrica en España, respectivamente.
La participación de las partes de la operación en estos mercados es de escasa importancia por lo que la CNMC considera que la operación no supone una amenaza para la competencia efectiva.
Sintokogio adquiere el control exclusivo de Grupo Winoa – C/1432/23 SINTOKOGIO / GRUPO WINOA
Sintokogio es una empresa cotizada japonesa del sector del equipamiento para la fundición y ofrece equipos de tratamiento de superficie, abrasivos, y compuestos para granallado, tecnologías de evaluación de superficies, y servicios de procesamiento. Fabrica, además, equipos de fundición y equipamiento especial. Sintokogio no tiene participaciones minoritarias, directas o indirectas en terceras sociedades activas en los mercados afectados y/o verticalmente relacionados con los mismos en España.
Grupo Winoa es un grupo industrial de empresas francés cuya línea de negocio es la producción y venta de abrasivos metálicos, principalmente de acero y, en menor medida, de acero inoxidable (para uso tanto en industrias del metal como en canteras y corte de piedras). El Grupo Winoa dispone de capacidad de producción propia en España y opera una planta de abrasivos de acero a través de una empresa filial.
La operación genera solapamientos horizontales en el mercado de abrasivos metálicos. No obstante, la notificante tiene una presencia residual de sus ventas totales en España y en el Espacio Económico Europeo (EEE). Por otro lado, la operación no da lugar a solapamientos verticales ni a efectos cartera, sin que existan barreras extraordinarias de entrada al mercado.
La operación apenas altera la estructura del mercado ni en España ni a nivel EEE y no cabe esperar que suponga una amenaza para la competencia.
Grupo Trinity adquiere el control exclusivo de Beauty By Dia – C/1442/24 GRUPO TRINITY / BEAUTY BY DIA (CLAREL)
Grupo Trinity es un grupo empresarial colombiano con presencia en Colombia, España, Canadá y Costa Rica e inversiones estratégicas en diversos sectores: siderurgia, minería, fabricación de fertilizantes, turismo de negocios y aventura, logística y empaque, venture capital y restauración. El Grupo Trinity está controlado por Fivepool Holding Group.
Beauty By Dia es una filial española controlada en último término por Distribuidora Internacional de Alimentación, S.A., compañía que opera internacionalmente en el sector de la distribución de la alimentación, productos de hogar, belleza y salud. Beauty By Dia está activa en el sector de la distribución minorista de productos de perfumería, aseo personal y droguería en España, con productos de marca propia y de marca de fabricante. Está presente en el mercado tanto a través de tiendas propias como de tiendas en régimen de franquicia.
La operación no alterará la estructura competitiva del mercado afectado ya que no se producen solapamientos horizontales o verticales entre actividades realizadas por la adquirente y la adquirida. Así, no cabe esperar que suponga una amenaza para la competencia efectiva.
Comitans adquiere el control exclusivo del negocio de pistones de pequeño calibre de Rheinmetall Automotive AG – C/1443/24 COMITANS / RHEINMETALL (NEGOCIO DE PISTONES DE PEQUEÑO CALIBRE)
Comitans es una sociedad de inversión de capital centrada en la adquisición de empresas en situación especial o de reconversión, a fin de impulsar mejoras operativas para aumentar su rentabilidad. Comitans no tiene actividad en España.
El negocio adquirido está concentrado en dos empresas de nueva creación, Kolbenschmidt Pistons Germany GMBH y Kolbenschmidt Pistons Usa Holding LLC, que concentran la actividad de Rheinmetall en el ámbito de la fabricación, venta y distribución de pistones de pequeño calibre.
Esta operación no supone una amenaza para la competencia efectiva en los mercados, ya que no da lugar a solapamientos horizontales o verticales ni a efectos cartera significativos.
Haier adquiere el control exclusivo de Sraas – C/1444/24 HAIYINGKANG (QINGDAO) / SRAAS
Haiyingkang (Qingdao) es un vehículo societario creado a efectos de la presente operación controlado en última instancia por Haier. Haier opera en todo el mundo en la fabricación y suministro de productos electrónicos y electrodomésticos que se comercializan a través de varias marcas. Sus actividades en España coinciden en líneas generales con su actividad a nivel global, operando principalmente a través de sus filiales Haier Iberia y Haier Smart Home Iberia.
Sraas es una sociedad que cotiza en la Bolsa de Shangai, dedicada a la fabricación de productos hemoderivados en China. Integra la obtención de plasma, la investigación y el desarrollo de hemoderivados, así como su producción y venta. Grifols Diagnostics Systems (Gds) es la única filial de Sraas activa en España, y centra su actividad en la fabricación y distribución mayorista de instrumentos y suministros médicos para hospitales, farmacias y profesionales sanitarios, así como herramientas de análisis clínicos especializados, centrados en áreas terapéuticas específicas. Gds está controlada conjuntamente por Sraas y Grifols.
La operación no supone una amenaza para la competencia efectiva en los mercados, puesto que no da lugar a solapamientos horizontales ni verticales en España.
Portobello y Grupo Plexus adquieren el control conjunto de Tecnologías Plexus – C/1446/24 PORTOBELLO – GRUPO PLEXUS – PLEXUS TECNOLOGÍAS
Portobello es una gestora de capital privado que controla varios fondos de capital riesgo. A través de sus fondos, invierte en empresas de una amplia gama de sectores.
Tecnologías Plexus es una compañía tecnológica especializada en servicios y productos basados en las tecnologías de la información. Cuenta con oficinas en varios puntos de España y en el extranjero. Tanto esta sociedad como sus filiales están controladas por el Grupo Plexus.
Grupo Plexus es la matriz del grupo al que pertenece Tecnologías Plexus y funciona como unidad organizativa dentro del grupo, prestando servicios corporativos accesorios al resto de sociedades.
La concentración no supone una amenaza para la competencia efectiva, ya que los solapamientos entre las actividades de las partes en los mercados afectados son poco significativos. Por ello, la operación no producirá cambios ni en la estructura ni en la dinámica competitiva del mercado.
Boston Scientific Corporation adquiere activos de terapia del Grupo B. Braun – C/1421/23 BSC / ACTIVOS B.BRAUN
Nota de prensa (14/03/2024): La CNMC aprueba con compromisos la compra de activos médicos del Grupo B. Braun por parte de BSC
Contenido relacionado:
- Nota de prensa (15/02/2024): La CNMC autorizó siete operaciones de concentración en enero
- Blog (29/09/2023): En la CNMC vigilamos las concentraciones entre las empresas
Documento no oficial, destinado a los medios de comunicación, y que no vincula a la CNMC. Reproducción permitida solo si se cita la fuente.
Fonte: CNMC
La CNMC aprueba con compromisos la compra de activos médicos del Grupo B. Braun por parte de BSC
14 Mar 2024 | Competencia Nota de prensa
- La operación afecta a la comercialización de dispositivos de terapia de vacío endoscópica (EVT, por sus siglas en inglés) en España.
- La CNMC ha detectado riesgos de efectos cartera, que suponen una barrera de entrada y de expansión de los competidores.
- BSC deberá cumplir con los compromisos propuestos durante cinco años.
- Entre otros, no podrá vincular la compra pública y privada de sus productos EVT con la de otros dispositivos que tenga en cartera.
La CNMC ha autorizado con compromisos la compra de activos de terapia de vacío endoscópica (EVT, por sus siglas en inglés) del Grupo B. Braun por parte de Boston Scientific Corporation (BSC) (C/1421/23).
En concreto, BSC ha comprado los siguientes productos fabricados por B. Braun: Endo-Sponge, Eso-Sponge y Endo-Sponge Fistula, y sus respectivos recambios y accesorios. Estos productos se utilizan para tratar fugas anastomóticas y perforaciones en el tracto gastrointestinal superior y en la zona colorrectal.
Investigación de mercado
La compra de estos activos afecta al mercado de desarrollo, fabricación y comercialización de dispositivos médicos de terapia de vacío endoscópica, que permiten drenar secreciones, cerrar la fístula y reducir la inflamación.
Se trata de un mercado con fuertes perspectivas de crecimiento. Hasta 2022, B. Braun era el único operador que comercializaba un dispositivo EVT en España. Ese año, los activos EVT adquiridos por BSC tenían una cuota de mercado del 90-100 %. A finales de 2023, entró un nuevo competidor en el mercado y, en un futuro próximo, se prevén dos potenciales competidores.
Riesgos para la competencia
La operación no da lugar a solapamientos horizontales ni verticales. Sin embargo, la CNMC ha detectado riesgos de efectos cartera, derivados de la existencia de determinadas prácticas de vinculación en la compra de dispositivos de endoscopia en hospitales públicos y privados.
Estos efectos cartera representan una importante barrera de entrada y de expansión de los competidores (actuales y/o potenciales), ya que dificultan significativamente su capacidad de competir en el mercado.
Compromisos propuestos por BSC
La CNMC considera que los compromisos propuestos por BSC son suficientes para solucionar los problemas de competencia detectados. La compañía deberá cumplirlos durante cinco años.
- No vincular la compra pública/privada de productos EVT con la de otros dispositivos de endoscopia que tenga en cartera. BSC, por tanto, tampoco podrá participar en procedimientos en los que deba presentar ofertas conjuntas o vinculadas.
- Informar a sus clientes (hospitales públicos y privados) del contenido y alcance de los compromisos.
Contenidos relacionados:
- C/1421/23: BSC/Activos B. Braun
- Blog (29/09/2023): En la CNMC vigilamos las concentraciones entre las empresas
Documento no oficial destinado a los medios de comunicación y que no vincula a la CNMC. Reproducción permitida solo si se cita a la fuente.
Fonte: CNMC
La CNMC investiga posibles prácticas anticompetitivas en el mercado de la distribución de medicamentos, productos sanitarios y de parafarmacia
12 Mar 2024 | Competencia Nota de prensa
- Analiza la existencia de posibles prácticas de abuso de posición dominante.
- Entre los días 26 y 29 de febrero 2024 la CNMC realizó inspecciones en las sedes de una entidad del sector farmacéutico.
La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) está investigando posibles prácticas anticompetitivas en el mercado de la distribución de medicamentos, productos sanitarios y de parafarmacia. Estas prácticas consistirían en una estrategia de vinculación comercial para la captación, fidelización y retención a medio/largo plazo de las oficinas de farmacia.
Entre los días 26 y 29 de febrero 2024, la CNMC realizó inspecciones en las sedes de una entidad del sector farmacéutico en el marco de una investigación abierta por la presunta existencia de prácticas anticompetitivas en este mercado. En caso de confirmarse, podrían constituir una infracción de abuso de posición dominante prevista en el artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC).
La inspección es un paso preliminar en el proceso de investigación de las supuestas conductas anticompetitivas y no prejuzga el resultado de la investigación ni la culpabilidad de la entidad.
En el caso de que como resultado de la inspección se encontrasen indicios de prácticas anticompetitivas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia, se procedería a la incoación formal de un expediente sancionador.
Estas prácticas podrían ser consideradas como una infracción muy grave de la ley de competencia, que puede conllevar multas de hasta el 10 % del volumen de negocio total de las empresas infractoras en el ejercicio anterior al de imposición de la multa.
Documento no oficial destinado a los medios de comunicación y que no vincula a la CNMC. Reproducción permitida solo si se cita a la fuente.
Fonte: CNMC